Cambios en el derecho al permiso de 5 días por cuidado de familiares.

El artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores, en el que se habla de permisos retribuidos por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de familiares o personas convivientes, ha sido, desde su modificación, uno de los artículos con más conflictividad entre patronal y personas trabajadoras que se conoce. Dicho artículo indica textualmente lo siguiente:

“Cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella.”

Tras distintas demandas interpuestas desde su modificación, finalmente, el Tribunal Supremo unifica doctrina en la interpretación del artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores, dejando claro lo siguiente:

  • El permiso de cinco días no finaliza necesariamente el día en que el familiar recibe el alta hospitalaria por sí sola, sino que permanece si no se ha recibido el alta médica y el proceso médico donde se prescribe reposo domiciliario continúa abierto.
  • Otro hito importante es que se aclara que se puede empezar a disfrutar el permiso cuando realmente se necesite para organizar los cuidados, siempre y cuando se mantenga el hecho causante (hospitalización o reposo pautado por el especialista) y no es necesario tomarlos de manera correlativa.
  • Por último, cabe recordar que este permiso debe computarse en días de laborables.

Con esta unificación de doctrina, en principio queda ya bastante claro cómo y cuándo podemos utilizar este permiso, y no solo eso, sino que ayuda de manera sustancial a conciliar nuestra vida personal y laboral en momentos tan complejos como puede ser una enfermedad prolongada de nuestros familiares y convivientes.

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