Convenio TIC: ¿Quién y cuando cobraremos los atrasos del convenio?

El pasado 26 de julio los sindicatos mayoritarios en el sector nos anunciaban la publicación del XVIII Convenio TIC y con ello iniciaban una campaña publicitaria vendiéndonos las maravillas del mismo y anunciándonos el cobro de atrasos antes del 26 de septiembre. Pero ¿qué información no nos han facilitado?

A lo largo de las próximas semanas os iremos haciendo un análisis de los cambios o novedades del convenio, pero, en primer lugar, queremos aclarar qué pasa con los atrasos y quien va a cobrarlos en realidad, para que no generar falsas expectativas.

Efectivamente, este convenio contempla una subida salarial cuyo porcentaje real no se ha publicado, se habla de porcentajes médios, pero que no son exactos en todos los casos.

Desconocemos cómo se han hecho los cálculos, pero lo cierto es que en unas categorías se aplica un porcentaje de subida y en otras, otro distinto.

También es contradictorio lo que ocurre con los dos conceptos salariales: “salario base” y “plus convenio”, el primero ha tenido una subida mínima en el segundo semestre de 2022 y algo superior en el 2023. Sin embargo, en 2023 en bastantes categorías, el “Plus Convenio” sufre, para nuestra sorpresa una bajada. Por poner un ejemplo, con la tablas publicadas podemos observar lo siguiente:

Desde julio de 2022, por ejemplo, en el Area 3 C1, el plus convenio anual sería de 2179,35€, y sin embargo, para el año 2023, esta misma categoría, tendrá un plus convenio anual de 2070,86€, esto sucede, como os decimos, con numerosas categorías.

Por otro lado, y lo más relevante, es que muchas de las personas que trabajamos en Atos, a pesar de la firma de este convenio, continuaremos con el salario congelado, dado que, los firmantes del convenio siguen manteniendo la cláusula de absorción, por lo tanto, si en tu nómina todavía tienes un “Complemento Personal Convenido” no verás ni un solo euro de subida hasta que dicho complemento desaparezca de tu nómina. Esto curiosamente se le ha olvidado publicitarlo a los sindicatos firmates del convenio.

Por lo tanto, ¿quién cobrará algo de subida y atrasos de convenio?, la respuesta es clara, quienes no tengan este “complemento personal convenido”. Y, en caso de cobrarlos, ¿Cuándo los abonará la empresa?, según el convenio, la empresa tiene de plazo hasta el 26 de septiembre para abonarnos dichos atrasos, esperamos que cumplan con ese plazo.

4 Comments

  1. Si el sueldo total es mayor, es mejor que la mayor parte del sueldo esté en el salario base que en el plus convenio, porque así la acumulación por antigüedad es mayor, luego los casos que remarcáis, en el que el total es mayor y ha habido traspaso del plus a la base, son casos EVIDENtemente mejores, no se les puede poner ni un pero. Sólo serían peores si bajasen el plus y bajasen la retribución total, entonces si que nos habrían tongado. Otra cosa es si el porcentaje de subida es suficiente o no en total entre cada categoría, que lo suyo sería que subiesen el mismo porcentaje para todas ¿no? Porque si no suben el mismo porcentaje y siempre subiesen más porcentaje las más bajas, al cabo de muchos años sólo habría una categoría, para eso no hagas categorías, todos soldados rasos, como en la URSS. Pero, por ejemplo, calculando el porcentaje de subida del total entre C1 y B2, ambas son de un 2,5. Pues es mejor la subida del C1, porque si tiene antigüedad, lo que ha subido de más el base le subirá en un 5% o 10% o x% dependiendo de su antigüedad, pero el B2, al tener la subida concentrada en su plus, la antigüedad no le beneficiará tanto como al C1. ¿Eso es lo que os alarma? ¿No debería llamar la atención que el B2 tendrá una menor subida de su antigüedad? O vosotros pensáis como un jefe mío que decía «la antigüedad no se tiene en cuenta en esta empresa». Yo lo que no entiendo es por qué en unas categorías se ha hecho de una forma y en otras de otra distinta ¿será que en esas categorías «favorecidas» con mayor base está el grueso de los afiliados a los sindicatos firmantes? (ya se que es ser mal pensado pero ya sabéis el dicho).

    • Hola,

      gracias por tu comentario tan elaborado. Lo que nos llama mucho la atención es porqué no se ha hecho la subida de igual manera para todas las categorías, y sería interesante saber cual ha sido el criterio elegido para hacerlo.
      Efectivamente en el caso de la bajada del Plus Convenio y subida del Salario Base, beneficia para la antiguedad, pero, ¿porque no para todos? Es una manipulación de las tablas salariales que nunca hemos visto, y como poco llama la atención.

Los comentarios están cerrados.