Los atrasos con retraso

Como os explicábamos en el post que publicamos el pasado 1 de septiembre, aquellas personas que no tengan “Complemento Personal Convenido” deberíamos haber visto el pasado 26 de septiembre, el abono de los atrasos del 2022 y 2023. Además, la empresa deberá adecuarnos la nómina a las nuevas tablas salariales y en los casos en los que proceda, adecuarnos también a la categoría profesional que nos corresponda.

Finalmente, con tres días de retraso, nos ha llegado el ansiado ingreso de la nómina con los atrasos incluidos. No sabemos si es que a la empresa le cuesta rascarse el bolsillo, o simplemente es un ejemplo mas de la prepotencia de la empresa para dejar claro que las cosas se hacen cuando lo decide la dirección, y no cuando diga la ley.

Ante tal incumplimiento del artículo 27 del Convenio TIC, desconocemos si los sindicatos firmantes podrán elevar este incumplimiento a la Comisión Mixta Paritaria, en la que ellos mismos participan, para exigirle a la empresa algún tipo de “compensación” a las personas afectadas por dicho incumplimiento.

Una vez que hemos cobrado, viene el momento de revisar que todo es correcto. Tened en cuenta que para ver el importe bruto de lo que habéis cobrado de atrasos hay que revisar todas las nominas de los meses incluidos en los atrasos y que vienen junto con la nómina de septiembre, y sumar sus cantidades. Si sois de los afortunados que no tienen ningún complemento absorbible (algo que sigue sin solucionarse en los sucesivos convenios) tendréis una cantidad extra este mes de septiembre.

Si tenéis dudas con vuestra nómina no dudéis en poneros en contacto con nosotros para que os ayudemos a interpretarla y comprobar que todo es correcto.