Comunicado conjunto. ¿Por qué no firmamos el Protocolo de Registro de Jornada?

El Real Decreto-Ley 8/2019 de 8 de marzo, entró en vigor el pasado 12 de mayo de 2019, fecha desde la cual todas las empresas deberían tener implantado el registro diario de la jornada de trabajo, con el objetivo de que los empresarios no abusen de los trabajadores con excesos de horas extras de trabajo.

Tres años más tarde y después de varios requerimientos por parte de la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) de implementar un registro de jornada, a principios de este mes de julio, la empresa inició una serie de reuniones para trabajar sobre un borrador de Protocolo de Registro de Jornada, totalmente innecesario desde nuestro punto de vista.

La Ley sólo requiere implementar una herramienta que permita imputar todas las horas que realizamos y no hacía falta, aprovechando la ocasión, introducir nuevas normas sobre cómo administrar nuestra jornada laboral.

Aun así, hemos propuesto y conseguido introducir modificaciones en este sobrevenido Protocolo, pero NO las suficientes que nos permitan firmar, porque detectamos algunos retrocesos:

  • El Protocolo introduce el concepto de flexibilidad horaria para ambas partes: Estamos de acuerdo en introducir como concepto la flexibilidad para el trabajador, que facilite conciliar la vida personal con la laboral, pero ¿para qué quiere realmente la empresa disponer de la flexibilidad horaria de los trabajadores?

La empresa organiza el trabajo, lo evalúa, promociona, decide el sueldo y los posibles aumentos (con mucha suerte), por lo que tiene todo el poder sobre los empleados. No necesita un Protocolo que le permita pedirte que aumentes o reduzcas tu jornada.

Si se trata de una distribución irregular de la jornada no había que regularlo, ya está definido en el artículo 34.2 del Estatuto de los trabajadores (E.T.). Tememos que la empresa quiera saltarse los requisitos de este artículo para cambiar sustancialmente el horario de algunas personas en ciertas circunstancias, ahorrándose el pagar horas extras.

  • Permiso previo para alargar la jornada: De entrada, nadie debería, alargar la jornada de trabajo por necesidades del proyecto, pero a veces no queda más remedio. Cuando nos encontremos con una incidencia o situación urgente, se hará muy difícil garantizar que siempre se encontrará el responsable disponible para aprobar el prolongar la jornada. ¿Es una forma de NO pagar las horas extraordinarias?
  • Desconfianza con el empleado: A pesar de que el mismo Protocolo indica que la nueva normalidad se tiene que fomentar desde la mutua confianza entre la empresa y el empleado, el Protocolo no se cree lo que imputas. Si el trabajador imputa más horas, y estas no han sido autorizadas previamente, entiende que son horas de descanso.
  • Límite en las horas de viaje con pernocta: Se indica que sólo podrás imputar, como máximo, una jornada completa por cada día de viaje. El desplazamiento por motivos de trabajo se tiene que tratar como tiempo de trabajo efectivo, por lo tanto, ¿qué sentido tiene NO permitir imputar las horas reales, además de ir en contra de lo que debería ser el registro de jornada?
  • Herramienta de registro de jornadas insuficiente: Creemos que esta herramienta sólo sirve para demostrar que se está registrando la jornada, pero no cumple con la ley, ni con el objetivo de la misma, que era la de controlar las horas extraordinarias y compensarlas tal y como establece el Art. 29 del Convenio Colectivo a razón de 1,75 horas por cada hora trabajada.

También nos gustaría poner de manifiesto que con la nueva herramienta de Registro de Jornada continua el aumento de herramientas de todo tipo de imputaciones equivalentes para todos los trabajadores y el tiempo de dedicación que conlleva cuadrar todos sus registros en cada una de ellas:

  • PON: para vacaciones y ausencias.
  • GTE: para facturación de horas trabajadas.
  • NUEVA HERRAMIENTA: Registro Horario.

A estas herramientas pueden sumarse otras utilizadas en diferentes proyectos/servicios como Clarity, Jira, SAP Factory Tools, cuadrantes… sin olvidar todo tipo de herramientas para el resto de trámites que existen en Capgemini.

La empresa debería tenerlo en consideración para intentar agrupar en la medida de lo posible todas estas herramientas, y así facilitar y disminuir los tiempos dedicados a estos menesteres.

Desgraciadamente, una vez más, la empresa ha conseguido su propósito de acordar con una mayoría sindical, para que firmen un Protocolo que creemos que es perjudicial para los trabajadores de Capgemini.

Para cualquier duda o consulta que puedas tener, estaremos encantados de atenderte.

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