Comunicado Conjunto: Firmado preacuerdo de Teletrabajo – Pendiente ratificación

Estimados compañeros/as,

El pasado 16 de septiembre, la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) os comunicábamos el estado de las negociaciones sobre el Teletrabajo, donde estaba resultando imposible avanzar frente a la postura inmovilista de la Dirección de la Empresa en materia de compensación por gastos, que como os hicimos saber nos pareció y nos sigue pareciendo insuficiente.

Lamentamos la negativa de la empresa al pago retroactivo de una cantidad para compensar los gastos que los trabajadores estamos soportando desde el inicio de la pandemia. La empresa se ha beneficiado con un gran ahorro en los suministros, en los servicios de limpieza de los distintos centros, y sobre todo en los gastos de viajes. Tampoco podemos olvidar que en un futuro, el ahorro en alquileres será importante, ya que dejará de alquilar algunos edificios, como ya ha sucedido con diferentes centros en Asturias, Barcelona y Getafe (Madrid) donde no se ha renovado el alquiler de las oficinas de Altran y/o Capgemini.

Después de una presión desproporcionada en las últimas semanas y varios ultimátum por parte la empresa, la RLT se ha visto forzada a tomar una decisión: si firmar o no un preacuerdo, para poder continuar con el resto de puntos pendientes en la negociación (Desconexión Digital, Prevención de Riesgos Laborales, Seguridad y Protección de Datos y el Acuerdo individual del trabajador)

Tras meditarlo en profundidad, las Secciones Sindicales de CO.BAS, Intersindical-CSC y SAITIC hemos decidido firmar el preacuerdo por varios motivos:

  • Por responsabilidad, porque queremos participar en los puntos de negociación que quedan pendientes y seguir aportando valor al posible futuro acuerdo defendiendo vuestros derechos lo máximo posible.
  • Porque, aunque creemos que hay cosas que se podrían mejorar, en términos generales el posible acuerdo final consideramos que es beneficioso tanto para la plantilla de Capgemini como para sus familias, debido a la facilidad en la conciliación que éste les puede suponer, así como en ahorro de tiempo empleado en los desplazamientos.
  • Porque el posible futuro acuerdo, únicamente será válido una vez que la plantilla lo ratifique, en una consulta que se realizará esta semana a través de una votación (que por el contexto en el que nos encontramos tendrá que ser online).

Los puntos principales de este preacuerdo son los siguientes:

  • Ámbito de aplicación: Todos los trabajadores voluntariamente pueden solicitar hasta un máximo del 80% de Teletrabajo, pudiéndose superar por acuerdo dicho porcentaje.
  • Procedimiento de solicitud y aprobación/rechazo: La solicitud de Teletrabajo se realizará a través de una herramienta corporativa que la empresa deberá poner a disposición de los trabajadores, existiendo excepciones establecidas por las cuáles la empresa podría llegar a rechazarla total o parcialmente.
  • Comisión de seguimiento: En el caso de rechazo a solicitudes de Teletrabajo, existirá una Comisión de seguimiento conjunta entre RRHH y las Secciones Sindicales firmantes del acuerdo final, donde podremos velar por los derechos de los trabajadores y revisar los motivos reales de los rechazos citados en el punto anterior.
  • Compensación de gastos: Todos los trabajadores que realicen Teletrabajo, independientemente de número de días de teletrabajo, recibirán mensualmente una compensación por los gastos derivados del trabajo a distancia con las siguientes cantidades:
  • 2021: abono de 15 € brutos mensuales durante los meses de octubre, noviembre y diciembre.
  • 2022: abono de 20 € brutos mensuales a partir de 1 de enero.
  • 2023: actualización del 5%, lo que supone 21€ brutos mensuales.
  • A partir del 1 de enero de 2024 y hasta la firma de un nuevo acuerdo, se mantendrá la compensación de 21€ brutos mensuales.

Estas cantidades no podrán ser compensadas ni absorbidas.

Independientemente que hayáis firmado el contrato individual de Teletrabajo, tendréis derecho a que os abonen esta compensación a todos aquellos que estéis en situación de trabajo a distancia.

  • Equipamiento de trabajo: La empresa pondrá a disposición de todos los trabajadores que realicen Teletrabajo: ordenador portátil, cargador, mochila, teclado, ratón, auriculares, cable de red, monitor externo, silla ergonómica y reposapiés.  Además de los consumibles de oficina y el software necesario en cada equipo.
  • AnchorPoint: La empresa ha definido el Anchor Point, como un espacio de encuentro oficial y regular para los equipos, lo que ayudará a reforzar la relación entre el equipo y con el cliente (que puede ser en las oficinas de Capgemini y/o en las instalaciones del cliente). La frecuencia de presencia en el AnchorPoint será de un día al mes.
  • Vigencia: El acuerdo tendrá vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2023, prorrogándose a partir de dicha fecha por tácita aceptación y en sus propios términos en tanto no inicie su vigencia un nuevo acuerdo que lo sustituya.

Pensamos que la unidad sindical que mantuvimos durante casi todo este proceso es la que ha permitido llegar al preacuerdo en los términos expuestos anteriormente. Lamentamos que esta unidad no se haya podido mantener hasta el final. Con dicha unidad estamos seguros de que algunos puntos de esta negociación podrían haberse mejorado.

En un próximo comunicado daremos más información tanto sobre los términos del posible acuerdo final, como de la votación que se realizará esta misma semana. Una consulta donde os daremos voz y decidiréis libremente, sin directivas por nuestra parte, refrendar o no el acuerdo final. Como vuestra Representación Legal de los Trabajadores que somos, firmaremos o no dicho acuerdo dependiendo de vuestra decisión.

Secciones sindicales en Capgemini de: CO.BAS, SAITIC e INTERSINDICAL-CSC.

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