Cierre centro de trabajo de Vigo: actualización

Como os hemos ido contando en nuestro blog, el pasado 19 de septiembre volvimos a reclamarle a la empresa una reunión para solucionar el asunto del cambio de centro de trabajo de las personas que trabajan en Vigo, que como recordaréis, les sugerían firmar un acuerdo de teletrabajo al 100%, donde, dentro del propio contrato, se les asignaba un nuevo centro de trabajo, en Santiago de Compostela, a casi 100 km de su oficina de Vigo.

Tras mantener una conversación con las personas afectadas por esta situación, nos trasladaros sus inquietudes, y las garantías que necesitarían para acceder a la firma del contrato de teletrabajo, aclaramos nuestras dudas con nuestro gabinete jurídico, y finalmente, para intentar desbloquear este conflicto sin sentido, enviamos a la dirección de RRHH el siguiente correo:

“Buenos días,

    Como ustedes ya saben, en el contrato de teletrabajo que están presentando a la plantilla de Vigo ya les indican un cambio tácito de centro de trabajo, dado que en la cláusula primera apartado E se les indica que quedan adscritos al centro de trabajo de Santiago de Compostela.

    Ustedes pueden negar que exista la movilidad geográfica de la plantilla de Vigo, pero lo cierto es que están cambiando de sede a aquellas personas que aceptan el teletrabajo al 100%, trasladandoles a mas de 100 km del centro de trabajo actual.

    Esta situación está generando mucha inquietud entre la plantilla del centro de trabajo de Vigo que afecta a su día a día, por lo que para intentar llegar a una solución y no seguir con un intercambio de correos que no llevan a ningún sitio, les trasladamos las peticiones de las personas afectadas para aceptar el teletrabajo al 100%:

1º – Que se garantice por escrito que en ningún caso se les va a cancelar el 100% de teletrabajo si no existe un centro físico en Vigo donde asistir.

2º- Que se garantice por escrito que los posibles desplazamientos al centro de Santiago de Compostela por necesidades del servicio o a requerimiento de la empresa se tratarán como hasta ahora, pagando los gastos del desplazamiento de acuerdo a las leyes vigentes.

    Quedamos a la espera de su respuesta.

Atentamente.”

A este correo hemos recibido la siguiente contestación de RRHH:

“Buenos días,

En todo caso como ya les hemos explicado no estamos acometiendo un cambio físico de centro de trabajo, sino que de mutuo acuerdo estamos hablando con las persona para realizar un cambio de centro de trabajo a efectos únicamente administrativos, aprovechando el nuevo acuerdo de teletrabajo, pero que no supondrá ningún impacto negativo debido a que realizarán teletrabajo al 100%, lo que no supone a ningún efecto un cambio de residencia.

Respecto a garantizar que se mantendrá el teletrabajo 100% de forma indefinida, como entenderán no es posible por nuestra parte confirmar este aspecto, no obstante, como les hemos explicado a cada una de ellas, lo que si se garantiza es que ante una situación de reversibilidad del teletrabajo por cambio de proyecto, en ese supuesto se valoraría abrir nuevamente centro en Vigo para que la persona pudiera asistir o iniciar un proceso de movilidad geográfica conforme a la legislación vigente, lo que les supone una garantía legal como se regula en la actualidad. Este punto se les contempla en el acuerdo y garantiza que la empresa no va a realizar un cambio de centro a todos los efectos que pudieran ocasionarles un perjuicio por cambio de residencia. Asimismo, también queremos recalcar que mientras su situación continue y puedan realizar teletrabajo al 100% no existirá mayor problema.  

Respecto a si ocasionalmente o algún día puntual tienen que desplazarse a Santiago de Compostela ya les confirmamos que si, que en este supuesto se les pagarían los gastos ocasionados con motivo de dicho desplazamiento temporal.  

Por este motivo, entendemos que no estamos afrontado un proceso de movilidad geográfica, sino que utilizando los beneficios del teletrabajo, debido a que en este supuesto pueden realizar sus funciones a través de los medios de comunicación existentes, independientemente del centro de trabajo asignado, no ocasionándoles ningún perjuicio y en todo caso garantizándoles que si la situación se viera modificada se atendería a los puntos que hemos detallado anteriormente.

Atentamente.”

Seguimos pensando que con una reunión este tema se hubiera solucionado rápidamente, si la empresa está diciendo que esas garantías están ahí, lo único que se necesita es que las pongan por escrito en los contratos de teletrabajo individuales.

Por último, queremos felicitar a la plantilla de Vigo que se está manteniendo unida y firme con sus peticiones.