La Inutilidad de Recoger Firmas a Favor de Prejubilaciones

No hay día que no nos soliciten una o más firma por distintas causas, todas ellas muy nobles. Y por supuesto firmamos, porque somos buenas personas y apoyamos todo lo que sea bueno. Ahora CCOO ha comenzado a recolectar firmas para una causa muy noble: Paralización de despidos de mayores de 50 y solicitar plan de prejubilaciones.

Desear que NO despidan a compañeros mayores de 50 NO justifica en ningún caso firmar esta iniciativa. Pues hay muchas cuestiones que debemos saber.

¿Estas firmas tienen una validez legal.? Es decir ¿ El éxito de la recogida de firmas obliga a la empresa a negociar un plan de prejubilaciones?

NO: La recogida de firmas es un medio recogido en nuestro ordenamiento jurídico denominado “Iniciativa legislativa popular” o ILP, para que los ciudadanos, puedan “obligar” al Congreso de los Diputados a tomar en consideración lo que proponen, pero no a negociar y menos a aprobar.

Las ILP están ordenadas en LEY ORGÁNICA 3/1984, DE 26 DE MARZO, REGULADORA DE LA INICIATIVA LEGISLATIVA POPULAR. ( B.O.E. de 27 de Marzo)

Esta recogida firmas no cumple esta ley, luego en ningún caso obliga a la empresa a nada.

¿Cuántas firmas necesitan recoger?

Suponiendo que tuviera un valor legal y pudiera asimilarse a una ILP. Según esta ley el número necesario es 500.000. Difícil de conseguir dado el tamaño de la plantilla de Indra.

¿Puede la empresa negociar un plan de prejubilación solo con CCOO?

NO: Para negociaciones de interés general existen cauces y normas establecidos y deben participar toda la representación legal de los trabajadores (todos los sindicatos). Para llegar a un acuerdo se necesita la mayoría de la RLT, como sucedió con el ERE, que firmaron ccoo, ugt, stc y uso.

¿Cumple los datos solicitados en estas listas la LOPD?

El artículo 5 de La LOPD especifica que a quien se les piden los datos personales, el DNI lo es, se le debe informar de la existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter personal, de la finalidad de la recogida de éstos y de los destinatarios de la información.

Además debe existir la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. Estos son algunos de los requisitos que nos deben dejar claros antes de facilitar nuestros datos.

Luego , no sabemos, esperamos que si.

Y la pregunta clave es

¿ESTAS FIRMAS AYUDARAN A CONSEGUIR UN PLAN DE PREJUBILACIONES EN INDRA?

La respuesta evidente es NO.

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