Si bien es cierto que esta reunión estaba planificada para diciembre, una vez trascurrido un tiempo razonable para analizar los pormenores en la ejecución e interpretación del AM, se tuvo que aplazar hasta en 3 ocasiones por problemas de agenda en RR.HH.
Lo primero que tratamos, y que ya os comentamos en este blog, fue la problemática relativa a la mala interpretación que se quería hacer sobre cómo compensar a las personas que, sin estar contratadas a turnos, tenían que trabajar en alguno de los festivos especiales (24, 25, 31 de diciembre y 1 y 6 de enero).
En este punto y por costumbres del pasado, se pretendía abonar estos días como horas extras. Evidentemente esto sería completamente ilegal tras la firma del acuerdo y así lo pusimos en conocimiento de RR.HH. Tras un par de rifi-rafes, la empresa entendió que, si bien no estaba correctamente del todo definido en el AM, se tenían que compensar según el conceto Turno festivo especial” del AM. Esto mismo se debe aplicar para los festivos normales “Turno festivo ordinario”, bajo las mismas circunstancias.
Esto deberá quedar reflejado en el acta de la reunión para evitar problemas a futuros, acta que en el momento de escribir este artículo aún no hemos visto.
Por otro lado, ya que parece ser que para los festivos ordinarios se vuelve a la carga con lo de pagar HH.EE, le recordamos a la empresa que la negociación con la plantilla en ningún caso se puede hacer desde la dirección del proyecto.
El segundo asunto que teníamos que resolver es la forma en la que interpretar los desplazamientos (KM) ya que, si bien es cierto que el Convenio de Consultoría establece un importe por KM no especifica cuándo se tiene el derecho. Lo que si esta claro es que se comienza a contar desde el Centro de trabajo al que se está adscrito.
Sobre este punto si entendemos que es necesario abrir una negociación y dejar claros estos umbrales.
Respecto al concepto de Disponibilidad, parece ser que no se está interpretando de forma correcta ya que se debería abonar una cantidad fija, sin ningún tipo de recálculo según las horas reales.
En cuanto al tema de imputaciones en Time, especialmente en Tenerife, se informa que se indican horas incorrectas, que no se corresponden con las reales. La propia empresa comentó que a ellos también les afecta (a su propio trabajo y control) pero que es complicado actuar ya que es una herramienta de Global.
Por último, se expresó el malestar en la plantilla proveniente del colectivo exBULL ya que se entendía que los special days que tenían reconocidos con anterioridad, por haber renunciado a otros derechos, no debería verse absorbido/compensado con el día de bienestar personal. Sobre esto no se llegó a ningún acuerdo.
una de las mayores tangadas del acuerdo marco……el plus de movilidad que antes se daba…ahora se lo han pasado por el forro..si negociais..por favor que se vuelva a incluir como estaba antes….9,18 euros si es fuera del centro de trabajo y de municiopio…..y si se va fuera como seat…los km aparte que correspondan…..
Gracias por tu comentario Juan. Efectivamente el tema de los desplazamientos lo tenemos que abordar lo antes posible y de hecho ya estamos hablando con la empresa para negociarlo.