Análisis del nuevo Convenio Colectivo TIC (1)

El pasado 26 de julio, se publicó en el BOE el “XVIII Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría, tecnologías de la información y estudios de mercado y de la opinión pública” 

Nos gustaría compartir con vosotros nuestro análisis con el fin de esclarecer los primeros artículos (Del 1 al 10) y hacer una pequeña contraposición del convenio actual (2023) respecto al anterior (2018), dejando al margen los puntos que en los que no hay diferencias sustanciales. Continuaremos publicando el resto de los artículos a medida que lo vayamos analizando.

ARTICULO 1 – Ámbito funcional.

En el nuevo Convenio Sectorial firmado este año 2023 incorpora una nueva definición al ámbito funcional llamada “tecnologías de la información” además de las ya existentes en el convenio del 2018.

ARTICULO 5 – Denuncia y revisión.

Este punto solamente difiere del anterior en el margen que tienen las partes para denunciar el convenio. Esto significa que con la aplicación del nuevo convenio pasan a ser 9 los meses que tienen ambas partes para iniciar el periodo de negociación en lugar de los 3 que regulaba el anterior convenio.

ARTICULO 10 – Periodo de prueba de ingreso

Este pequeño cuadro, muestra los cambios de los periodos de prueba en las diferentes áreas y grupos, aunque hay que tener en cuenta que ha habido variaciones entre áreas, como, por ejemplo, consultoría que pasa del área 3 al área 4 y estudios de mercado que pasa del área 4 al área 5. No obstante de esto hablaremos más detalladamente en siguientes posts.

El punto 3 de este mismo artículo también sufre un cambio sustancial incorporando nuevas situaciones además de la incapacidad temporal, para la interrupción del cómputo del periodo pruebas:

  • Nacimiento,
  • Adopción
  • Guarda con fines de adopción
  • Acogimiento
  • Riesgo durante el embarazo
  • Riesgo durante la lactancia
  • Violencia de género

 Adicionalmente a este estudio estamos analizando junto con nuestro servicio jurídico el posible impacto sobre el resto de los convenios/acuerdos del resto de la plantilla incorporada a ATOS Holding.

Por supuesto estamos a vuestra disposición en la dirección: cobas-es-atosholding@atos.net