
Una vez más la dirección de Capgemini ha iniciado una serie de sus despidos periódicos y arbitrarios.
Queremos recordar que, desde el 18 de noviembre de 2024, el procedimiento de despido ha cambiado. El Tribunal Supremo estableció que las empresas ya no pueden efectuar despidos disciplinarios sin antes abrir el trámite de audiencia previa.
Este nuevo procedimiento, concede a la persona trabajadora, la posibilidad de presentar las alegaciones y documentación que considere necesarias, para refutar las causas que manifiesta la compañía para realizar el despido. En Capgemini, se está otorgando un plazo de 48 horas para presentar dichas alegaciones.
Al igual que en los últimos despidos, nos estamos encontrando que la empresa en sus cartas de notificación se justifica con muy mal gusto y algunas mentiras que faltan al respeto.
Entre otras cosas, decir sistemáticamente a personas que no están cumpliendo los objetivos de formación, utilizándolo como justificación para el despido, cuando luego se demuestra lo contrario, es vergonzoso.
Es evidentemente que la dirección de Capgemini no tiene mucha intención de cambiar su política en materia de empleo que sumada a su política salarial supone que cerca del 25% de la plantilla decida cada año buscar su futuro profesional fuera de Capgemini.
¿Es consciente la dirección de la imagen que proyecta fuera de Capgemini?
¿Cuánto dinero nos cuesta mantener estas cifras de rotación y la continua perdida de posiciones en clientes que ocasiona?
¿Cuánto tiempo permanecerán en Capgemini las personas que se incorporan a la empresa sino cambian estas políticas?
Desde la Sección Sindical de CO.BAS le seguiremos insistiendo a la dirección que debe reflexionar profundamente acerca de esta grave situación.
Por nuestra parte, como siempre, llevaremos a cabo acciones sindicales como protesta por esta nueva serie de despidos.
Os recordamos que en caso de una comunicación de despido o de audiencia previa tenéis derecho a solicitar que un Representante Legal de los Trabajadores os acompañe. De igual forma, os recomendamos firmar como NO CONFORME tanto la carta de comunicación previa, como la posterior de despido. Como siempre, quedamos a vuestra entera disposición para cualquier sugerencia, duda o aclaración que tengáis sobre este u otros asuntos.
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