El pasado viernes 21 de noviembre la empresa envió a la RLPT el texto definitivo del Protocolo de Desconexión Digital, agradeciendo “nuestras aportaciones” e indicando que el texto que nos envían es el que se va a implementar y el que será publicado próximamente para todas las personas trabajadoras.
Ponemos entre comillas lo de nuestras aportaciones, porque siguiendo su costumbre, la empresa sólo ha incluido una de nuestras aportaciones, y es porque les indicábamos que una frase del protocolo se había quedado a medias de escribir y estaba incompleta, del resto de nuestras aportaciones no hemos encontrado nada en el documento.
¿Por qué no estamos de acuerdo con el protocolo que va a publicar la empresa?
- Hemos pedido que se incluyera en los correos electrónicos una coletilla que indicara claramente que “NO ES UNA OBLIGACIÓN” atender el correo electrónico si se está fuera del horario de trabajo. Claramente esto es así, y no debería hacer falta recordarlo, pero creemos que es interesante incluirlo para salvaguardar a la persona que recibe ese correo. Esto lo pedimos porque la empresa indica en el documento que “no hay obligación de responder si el correo se recibe fuera de horario laboral”, pero también indica que “estos correos se atenderán de acuerdo a lo pactado entre las partes”. Las “partes” son alguien de la jefatura y una persona trabajadora, y eso no son “partes” que puedan pactar en igualdad. La persona trabajadora está en desventaja y siempre va a llevar las de perder.
- En otro punto la empresa incluye que las convocatorias de reuniones se llevarán a cabo dentro del horario de trabajo, pero entendiendo que Atos es una empresa global, “flexible” y con múltiples modalidades de trabajo, y que la persona responsable de un proyecto no tiene porque conocer todos los casos de las personas a su cargo.
Esto es especialmente llamativo. Para empezar, el protocolo de desconexión es para Atos Spain, por lo que no hay tantos casos distintos para tener en cuenta en las convocatorias, solo horario general y a turnos. Y si Atos junta en un proyecto a gente de diferentes empresas del grupo, sí, la persona responsable tiene la obligación de conocer los diferentes casos de acuerdos y horarios de cada persona a su cargo, y no escudarse en el desconocimiento.
- El texto, en lo que respecta a la responsabilidad de la empresa, está lleno de frases que comienzan por “se intentará”, “en la medida de lo posible”, etc. Ese tipo de expresiones vagas solo abren la puerta a que la empresa se salte la desconexión digital cuando lo considere oportuno.
Por ejemplo, la empresa indica que “se intentará” convocar las reuniones con tiempo suficiente, lo que no les compromete a hacerlo. Esta ambigüedad les permite convocar “sin tiempo suficiente” y que la persona trabajadora tenga que acudir a esa reunión, aunque se entere de la convocatoria un momento antes. Por ejemplo, recibes una convocatoria de las 19.00 horas para una reunión presencial al día siguiente a las 10.00. Obviamente, al estar fuera de horario laboral, te enteras de la reunión al día siguiente cuando comienzas a trabajar, y si no estás en la oficina, difícilmente vas a poder asistir a dicha reunión, pero la responsabilidad de no acudir es tuya.
En resumen, un “Protocolo de Desconexión Digital” creado para cubrir el expediente, como todo en esta empresa, y que no protege en nada los derechos de las personas trabajadoras, puesto que todo está expresado con ambigüedades y frases nada claras.
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