Plazas de aparcamiento por movilidad reducida y II…

Tras lo que os contamos la semana pasada sobre las plazas de aparcamiento de movilidad reducida, y la respuesta vacía de contenido que se dio a nuestra consulta, aprovechamos el pleno del Comité de Seguridad y Salud para volver a preguntar sobre por qué se está pidiendo la documentación que justifique esta necesidad antes del periodo de renovación.

La respuesta, que nuevamente no fue “ni sí, ni no, ni todo lo contrario”, al menos sirvió para que la empresa informara sobre lo que va a hacer.

Nos dijeron que el problema es que había personas que llevaban mas de dos años con una plaza de este tipo asignada, y que eso no podía ser, porque son plazas temporales para casos concretos, y que, si alguien las ocupa tanto tiempo, entonces el resto de las personas no pueden usarlas. También alegaron que, si alguien la necesita por tanto tiempo, lo que tiene que hacer es solicitar una incapacidad a la Seguridad Social y pedir una plaza por este motivo.

Estamos de acuerdo en que son plazas temporales para necesidades especiales, no obstante, el alegar como solución lo de que se solicite una incapacidad, es algo que la empresa no tiene porque decirle a nadie, por un lado, es algo que hará la persona si lo considera necesario y, por otro, tal y como está la Seguridad Social con la concesión de incapacidades, lo más normal es que sea denegada. Eso sin contar con lo que se tarda con los trámites para solicitarla.

Opinamos que esa no es una solución y que, si la empresa se preocupa tanto por las personas como se cansan de decirnos, casi tanto como está la plantilla cansada de escucharlo, lo que tendrían que hacer es poner a disposición de las personas con problemas temporales de movilidad más plazas, ya que como hemos contado, el aparcamiento está vacío y hay plazas de sobra. De cualquier manera, la empresa tiene en su mano una solución facilísima para estos casos, que es la de conceder a estas personas la posibilidad de teletrabajar al 100% de su tiempo mientras dure su problema (y, a ser posible, sin decirles que luego tienen que recuperarlo, como ya han hecho en otras ocasiones).

Por otro lado, indicaron también que estas plazas son algo que existía en “Eviden”, pero no en “Holding”, y que ahora querían unificar criterios y poner motivos concretos para asignar estas plazas.

Nuevamente estamos de acuerdo en que es bueno tener criterios claros, pero mucho nos tememos que esos criterios van a ser muy restrictivos y sospechamos que supondrá pasar por una revisión de la mutua, para que así la empresa no se tenga que mojar y tengan una excusa para negarlas.  

El problema de fondo es que, con tanta excusa, parece que realmente no les interesa ayudar a la gente, sino ir quitando derechos o eliminar una de las pocas cosas que da la empresa sin estar obligada por la ley, como son estas plazas temporales, sin que se note demasiado.

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