{"id":850,"date":"2015-07-27T23:53:26","date_gmt":"2015-07-27T21:53:26","guid":{"rendered":"http:\/\/cobasindra.org\/?p=850"},"modified":"2015-07-27T23:53:26","modified_gmt":"2015-07-27T21:53:26","slug":"preguntas-mas-frecuentes-sobre-el-ere-en-indra","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.sitescobas.es\/indra\/2015\/07\/27\/preguntas-mas-frecuentes-sobre-el-ere-en-indra\/","title":{"rendered":"Preguntas m\u00e1s frecuentes sobre el ERE en Indra"},"content":{"rendered":"<p><span style=\"color: #d40000\"><strong>ACTUALIZACI\u00d3N 2\/8\/2015<\/strong>: Esta entrada se ha trasladado a <a style=\"color: #d40000\" href=\"http:\/\/cobasindra.org\/faq-ere\">http:\/\/cobasindra.org\/faq-ere<\/a>.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #d40000\">Mantenemos el contenido original aqu\u00ed para preservar los enlaces y los comentarios, pero a partir de ahora se actualizar\u00e1 s\u00f3lo <a style=\"color: #d40000\" href=\"http:\/\/cobasindra.org\/faq-ere\">en la nueva ubicaci\u00f3n<\/a>.<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><del>Estimados compa\u00f1eros y compa\u00f1eras:<\/del><\/p>\n<p><del>Estamos recopilando las respuestas a las preguntas m\u00e1s frecuentes que nos hac\u00e9is tanto por correo como en persona y nuestra intenci\u00f3n es publicar las respuestas para que puedan ser conocidas por todos. Si segu\u00eds teniendo dudas o bien os surgen otras nuevas hac\u00e9rnoslas llegar como hasta ahora. Actualizaremos la lista y las difundiremos.<\/del><\/p>\n<p><del><b>\u00bfPor qu\u00e9 los sindicatos parece que os limit\u00e1is a decir \u201cNo hay razones para un ERE\u201d sin m\u00e1s explicaciones?<\/b><\/del><\/p>\n<p><del>Para intentar justificar el ERE la empresa ha entregado una memoria explicativa que una vez impresa ocupa tres \u201ctochos\u201d de varios cent\u00edmetros cada uno. Dicha memoria contiene un sinf\u00edn de informaciones que no aportan razones para justificar nada. La mayor\u00eda de dichas informaciones es incompleta y cuando se piden los datos que la complementan no se entregan. A pesar de que la empresa dice en sus comunicados que s\u00ed lo hacen, basta con ver las actas de cada sesi\u00f3n para comprobar que no. Pero las actas y la memoria son confidenciales y no pueden ser distribuidas aunque sus contenidos s\u00ed que pueden ser comentados.<\/del><\/p>\n<p><del>Por \u00faltimo, en la mayor\u00eda de los casos, la empresa est\u00e1 mezclando datos del Grupo Indra con los de Indra Sistemas que es con quien quiere hacer el ERE. Presentando datos malos del grupo o de otras empresas como si fueran nuestras.<\/del><\/p>\n<p><del>En las reuniones de la mesa negociadora se debate cada punto necesario, pero entrar a detalle en los comunicados ser\u00eda excesivamente extenso y adem\u00e1s hacerle el juego a la empresa que quiere apabullar con exceso de informaci\u00f3n para dificultar el di\u00e1logo.<\/del><\/p>\n<p><del><b>\u00bfPor qu\u00e9 no se debe firmar el ERE?<\/b><\/del><\/p>\n<p><del>Porque si se firma se aceptan las condiciones puestas como excusa por la empresa y durante el periodo de vigencia (hasta 31-12-2016) como en posibles EREs posteriores ya no se puede decir que no existen motivos, por lo que la empresa puede proceder a m\u00e1s despidos, bajadas de sueldo y empeoramiento de condiciones bas\u00e1ndose en las condiciones ya aceptadas.<\/del><\/p>\n<p><del>Firmar el ERE es dar v\u00eda libre al principio del fin.<\/del><\/p>\n<p><del><b>\u00bfPero entonces qui\u00e9n ser\u00eda capaz de firmar el ERE?<\/b><\/del><\/p>\n<p><del>Es una buena pregunta \u00bfQui\u00e9n ser\u00eda capaz de firmar algo as\u00ed?<\/del><\/p>\n<p><del><b>\u00bfY si nadie lo firma no hay ERE?<\/b><\/del><\/p>\n<p><del>Si ning\u00fan sindicato firma es muy dif\u00edcil que salga adelante, por lo que la empresa se lo pensar\u00eda mucho antes de llevarlo a cabo.<\/del><\/p>\n<p><del><b>\u00bfY si lo firma \u201cuna mayor\u00eda\u201d?<\/b><\/del><\/p>\n<p><del>Si llegase a ser firmado por sindicatos que tuvieran \u201cmayor\u00eda de representantes\u201d en la mesa, no necesariamente ser\u00edan \u201cla mayor\u00eda de los sindicatos en la mesa\u201d y tambi\u00e9n ser\u00eda dif\u00edcil que prosperase.<\/del><\/p>\n<p><del>Pero ser\u00eda preferible que ning\u00fan sindicato firmase.<\/del><\/p>\n<p><del><b>\u00bfC\u00f3mo se reparte la representatividad en la mesa de negociaci\u00f3n?<\/b><\/del><\/p>\n<p><del>De una forma muy particular y poco representativa. Se hace en base al n\u00famero de representantes que los sindicatos suman entre todos los centros. Pero los representantes de un centro no son proporcionales al censo del mismo.<\/del><\/p>\n<p><del>As\u00ed por ejemplo, hay dos centros con algo m\u00e1s de 200 trabajadores cada uno que suman 28 representantes, mientras que Arroyo de la Vega con casi 4000 tiene 27. Esto hace que co.bas que ha ganado o empatado en los tres centros con m\u00e1s trabajadores tenga un s\u00f3lo representante en una mesa de 13.<\/del><\/p>\n<p><del><b>\u00bfY si el ERE es voluntario?<\/b><\/del><\/p>\n<p><del>Un ERE voluntario sigue siendo un ERE, sobre todo si se incluye que \u201chay causas\u201d. Por lo que habr\u00eda igualmente bajadas de sueldo y empeoramiento de condiciones de los que se queden, as\u00ed como posteriores despidos, probablemente no voluntarios.<\/del><\/p>\n<p><del>La voluntariedad, suponiendo que fuera bueno para alguien, debe ser total. No se puede admitir que se produzcan algunas bajas voluntarias a cambio de despedir y empeorar condiciones del resto.<\/del><\/p>\n<p><del>Adem\u00e1s, la \u201cvoluntariedad\u201d que ha ofrecido la empresa hasta el momento depende de su aprobaci\u00f3n, por lo que se reserva el derecho a rechazar a los que se pueden ir gratis, compa\u00f1eros cuyo sueldo est\u00e1 por debajo del mercado, y por supuesto va a decir a quienes echa.<\/del><\/p>\n<p><del><strong>\u00bfEstando en excedencia por cuidado de menores puedo estar afectada por el ERE?<\/strong><\/del><\/p>\n<p><del>Las excedencias por cuidado de menores tienen unas caracter\u00edsticas distintas de la excedencia voluntaria como es la reserva de puesto de trabajo y no se consideran excedencias voluntarias.<\/del><\/p>\n<p><del>Por lo tanto si se est\u00e1 incluido en el ERE y en este caso de ser afectado\u00a0 tiene derecho a indemnizaci\u00f3n y durante el primer a\u00f1o de excedencia se computa la antig\u00fcedad a todos los efectos.<\/del><\/p>\n<p><del><strong>\u00bfQu\u00e9 hacer si esto<\/strong><strong>y<\/strong><strong> afectado por el ERE y quiero denuncia<\/strong><strong>r<\/strong><strong>?<\/strong><\/del><\/p>\n<p><del>Al recibir la carta de ser afectado por el ERE, firma este documento y todos como \u201cno conforme\u201d. Se puede aceptar el cheque que te ofrezcan sin problema y denunciar antes de 20 d\u00edas.<\/del><\/p>\n<p><del><strong>\u00bf En un ERE est\u00e1n protegidos colectivos m\u00e1s desfavorecidos como:\u00a0 personas con\u00a0 cargas familiares, discapacitados, embarazadas? <\/strong><\/del><\/p>\n<p><del>En todos los ERE se pretende mitigar los efectos del despido, circunscribi\u00e9ndolo a los colectivos menos vulnerables; por tanto se intenta proteger y salvaguardar los derechos de aquellos colectivos m\u00e1s vulnerables respecto de los propios efectos de la extinci\u00f3n del contrato como de las posibilidades futuras de recolocaci\u00f3n, por tanto nuestra prioridad ser\u00e1 intentar proteger a tales colectivos de\u00a0 trabajadores con cargas familiares, mayores de determinada edad o personas con discapacidad, hecho que ya contempla el propio E.T.<\/del><\/p>\n<p><del><strong>\u00bfCuanto me descuentan por hacer huelga?<\/strong><\/del><\/p>\n<p><del><strong>El descuento en el sueldo<\/strong>\u00a0por hacer huelga se calcular\u00eda de la siguiente manera:<\/del><\/p>\n<p><del>Habr\u00eda que calcular el\u00a0<strong>salario bruto diario<\/strong>. Para ello se multiplicar\u00e1 el salario bruto mensual por 12 meses y se le sumar\u00e1n la cuant\u00eda de las pagas extra que podr\u00e1n ser dos, tres o ninguna seg\u00fan los convenios. Despu\u00e9s se calcula el salario mensual incluidas las pagas y de este c\u00e1lculo se pasa a la retribuci\u00f3n diaria bruta.<\/del><\/p>\n<p><del>Por ejemplo, si el salario bruto mensual es de 1100 \u20ac y se perciben dos pagas de 1100 \u20ac. El salario bruto anual ser\u00eda de:<\/del><\/p>\n<p><del>(1100 * 12meses) + (1100 * 2pagas) = 15400.<\/del><\/p>\n<p><del>Para calcular el salario bruto diario hay que fijarse en si la retribuci\u00f3n de la n\u00f3mina es por meses o por d\u00edas. Si es por meses se considera que el mes tiene 30 d\u00edas entonces:<\/del><\/p>\n<p><del>15400 salario anual \/ (30 d\u00edas * 12 meses) = 42,77 \u20ac\/d\u00eda.<\/del><\/p>\n<p><del>Si la retribuci\u00f3n es por d\u00edas entonces se tendr\u00eda que dividir por 365 d\u00edas.<\/del><\/p>\n<p><del>Una vez calculado el salario bruto diario hay que calcular el\u00a0<strong>descuento correspondiente al descanso semanal<\/strong>\u00a0que normalmente son dos d\u00edas lo que significa que un d\u00eda de huelga significa un descuento de 1,4 d\u00edas de salario (1 d\u00eda + [2d\u00edas descanso\/5 d\u00edas de trabajo]). Esto es:<\/del><\/p>\n<p><del>42,77 \u20ac diarios * 0,4 = 17,10 \u20ac<\/del><\/p>\n<p><del>Por tanto el descuento total ser\u00eda:<\/del><\/p>\n<p><del>42,77 + 17,10 = 59,87 \u20ac brutos por d\u00eda<\/del><\/p>\n<p><del><strong>Consideraciones importantes<\/strong><\/del><\/p>\n<p><del>El\u00a0<strong>descuento en el sueldo por hacer huelga<\/strong>\u00a0no se tiene aplicar en las n\u00f3minas de las pagas extra porque c\u00f3mo se ha visto en el c\u00e1lculo ya se han tenido en cuenta. Ni la empresa\u00a0ni el trabajador cotizar\u00e1n a la Seguridad Social por los d\u00edas de huelga. Si es la empresa la que decide\u00a0<strong>cerrar el d\u00eda de la huelga<\/strong>, entonces no puede aplicar ning\u00fan descuento a ning\u00fan trabajador. Si la empresa abre con normalidad, entonces los descuentos solo ser\u00e1n de aplicaci\u00f3n a los trabajadores que secunden la huelga.<\/del><\/p>\n<p><del>\u00a0<\/del><\/p>\n<p><del><b>\u00bfTienes m\u00e1s preguntas?<\/b><\/del><\/p>\n<p><del>Por favor, ponte en contacto con nosotros y pregunta todo lo que necesites.<\/del><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<div class=\"mh-excerpt\">ACTUALIZACI\u00d3N 2\/8\/2015: Esta entrada se ha trasladado a http:\/\/cobasindra.org\/faq-ere. Mantenemos el contenido original aqu\u00ed para preservar los enlaces y los comentarios, pero a partir de ahora se actualizar\u00e1 s\u00f3lo en la nueva ubicaci\u00f3n. &nbsp; Estimados <a class=\"mh-excerpt-more\" href=\"https:\/\/www.sitescobas.es\/indra\/2015\/07\/27\/preguntas-mas-frecuentes-sobre-el-ere-en-indra\/\" title=\"Preguntas m\u00e1s frecuentes sobre el ERE en Indra\">[&#8230;]<\/a><\/div>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":790,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_kadence_starter_templates_imported_post":false,"footnotes":""},"categories":[13],"tags":[32,45,26],"class_list":{"0":"post-850","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-cobas-indra","8":"tag-despidos","9":"tag-ere-en-indra","10":"tag-sindicatos"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.sitescobas.es\/indra\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/850","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.sitescobas.es\/indra\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.sitescobas.es\/indra\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sitescobas.es\/indra\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sitescobas.es\/indra\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=850"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.sitescobas.es\/indra\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/850\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sitescobas.es\/indra\/wp-json\/"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.sitescobas.es\/indra\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=850"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sitescobas.es\/indra\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=850"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sitescobas.es\/indra\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=850"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}